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Acero: sin prueba del país de fusión, la importación es rechazada

Desde el 1 de octubre, un certificado de fábrica incompleto basta para inmovilizar un contenedor de acero. Esto es lo que verifico primero con los importadores, y lo que usted puede controlar desde esta semana.
12 de octubre de 2026 por
Acero: sin prueba del país de fusión, la importación es rechazada
Vanessa Cavalcante Vieira
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Desde el 1 de octubre, una línea ausente en un certificado de fábrica puede hacer rechazar una importación de acero. Muchos importadores aún lo ignoran. Le explico lo que ha cambiado, sin jerga, y sobre todo lo que puede verificar antes de su próximo envío.

Lo que cambió el 1 de octubre

El Reglamento (UE) 2026/1384 sustituyó, el 1 de julio de 2026, la antigua salvaguardia sobre el acero. Fija contingentes arancelarios anuales por un volumen total de 18.345.922 toneladas y eleva el derecho fuera de contingente del 25 % al 50 %. Añade sobre todo una obligación nueva: probar, en la importación, el país donde el metal fue fundido y colado, el “melt and pour”.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1963 precisa la prueba exigida y se aplica desde el 1 de octubre de 2026. El documento de referencia es el certificado de fábrica (Mill Test Certificate). Debe indicar dos cosas: el país de fusión y colada, y el número de colada. Si falta una, se admiten documentos complementarios: facturas, albaranes, certificados de calidad, cláusulas contractuales, declaraciones a largo plazo del proveedor, documentos de producción o documentos aduaneros del país de exportación. Sin ningún certificado, esos documentos pueden servir de prueba por sí solos, pero solo hasta el 30 de septiembre de 2027.

El país se declara en la declaración aduanera, con códigos TARIC específicos, y la aduana realiza un control documental. El texto es tajante: sin prueba verificable, no hay importación.

Lo que veo concretamente en los expedientes

Una misma bobina de acero lleva ahora tres regímenes, cada uno con su propia cadena de prueba: el contingente y su derecho del 50 %, el CBAM y la trazabilidad del país de fusión. Y los tres se deciden antes del embarque.

El contingente se asigna por trimestre, por orden de llegada. El trimestre abierto el 1 de octubre está en curso. Cuando una línea se agota, el derecho del 50 % se aplica sea cual sea el origen, y se suma a los eventuales derechos antidumping. Cuando un contingente se señala como crítico, puede exigirse una garantía que cubra el derecho pleno al presentar la declaración. Para una empresa, es tesorería bloqueada durante semanas.

La prueba de fusión es el punto que más a menudo se atasca. El certificado del último laminador no siempre dice qué horno fundió el metal. En cuanto hay una transformación intermedia, el número de colada se pierde por el camino. Y sin certificado conforme, la aduana verifica los documentos sustitutivos, lo que lleva tiempo y puede retrasar el acceso al contingente.

El CBAM, por último. El precio de referencia de los certificados para el tercer trimestre se publicó el 5 de octubre: 82,32 € por tonelada de CO₂, el más alto del año. Los datos de emisiones y la prueba de fusión proceden del mismo interlocutor, la acería. Mi consejo: pida ambos en la misma conversación.

Cinco preguntas que hacerse antes del próximo envío

  1. ¿Figuran sus códigos NC en el anexo I del Reglamento 2026/1384? Y, por separado, ¿en el anexo I del CBAM? Las dos listas no se solapan.
  2. ¿Mencionan sus certificados de fábrica a la vez el país de fusión y colada y el número de colada? Uno solo de los dos no basta.
  3. ¿Su proveedor es la acería o un transformador? En el segundo caso, ¿el número de colada se remonta hasta el horno?
  4. ¿Exigen ya hoy sus contratos de compra un certificado conforme, en el formato que será el único admitido a partir del 1 de octubre de 2027?
  5. ¿Quién, en su cadena, transmite los códigos TARIC y los documentos a su representante aduanero, y quién sigue el estado del contingente antes del embarque?

Si duda en una de estas cinco respuestas, no está solo. Es precisamente ahí donde los expedientes se bloquean.

Cómo trabajamos con usted

Nuestro oficio es entregar un expediente listo para presentar antes de que llegue la mercancía. Para el acero: relectura de los certificados de fábrica a la luz del Reglamento 2026/1963, control de coherencia entre factura, origen, clasificación arancelaria y datos CBAM, seguimiento de los contingentes y preparación de los elementos de la declaración. CTB Group pilota la conformidad y la gobernanza aduanera; la ejecución declarativa sigue a cargo de los representantes designados por la empresa.

Estamos establecidos en Europa, a menos de una hora del puerto de Amberes-Brujas. Cuando un expediente se atasca, esa proximidad ahorra horas, a veces días.

Dos fechas que anotar. El 20 de octubre de 2026, Parlamento, Consejo y Comisión celebran el primer trílogo político sobre la extensión del CBAM a los productos transformados de acero y aluminio: tornillos, pernos, tubos, alambre, mobiliario metálico. Y antes del 31 de diciembre de 2026, la Comisión debe presentar una primera evaluación sobre la inclusión de nuevos productos siderúrgicos en el régimen de contingentes. El perímetro se amplía. Mejor estar preparado antes.

Para ir más lejos

Y usted, ¿en qué punto está?

¿Sus certificados de fábrica ya están completos? ¿Ha tenido alguna dificultad con un proveedor o un transformador? Cuéntelo en los comentarios, sus aportaciones alimentan los próximos artículos. Y si prefiere hablarlo de viva voz, tomemos treinta minutos juntos: Primera conversación gratuita (30 min).

Foto: Morteza Mohammadi, Unsplash.

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